Reagrupar a mi Familia en España
Explora el proceso de reagrupación familiar en España
Reagrupación familiar
Es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por un extranjero residente.
¿Qué documentos necesito?
1- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-02) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el reagrupante.
2- Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupante.
3- Copia de la documentación que acredite que cuenta con empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
4- Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada.
5- Copia del pasaporte completo y en vigor o del título de viaje del reagrupado.
6- Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco o existencia de la unión de hecho o de la representación.
7- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
8- Abono del Modelo 790-052, epígrafe 2.1 autorización inicial de residencia temporal (10,54 €) a abonar por el trabajador extranjero.
Tarjeta de residencia de larga duración UE
Es una autorización de residencia de larga duración-UE que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles y otorga la posibilidad de obtener una autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión, en las condiciones que estos determinen.
¿Qué documentos necesito?
1- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
2- Haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años. La continuidad no quedará afectada por ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años, o que la suma no supere un año, si las ausencias son por motivos laborales.
3- Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo.
4- Disponer de seguro de enfermedad público o privado que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.
5- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-11) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
6- Pasaporte completo, válido y en vigor del familiar.
7- En su caso, documentación acreditativa de los periodos de residencia previa como titular de tarjeta azul-UE en otros Estados miembros de la Unión Europea.
8- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
9- Abono del Modelo 790-052 epígrafe 2.6 autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE (21,87 €) a abonar por el extranjero.
Tarjeta familiar comunitario
Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
¿Qué documentos necesito?
1- Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.
2- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
3- Pasaporte completo, válido y en vigor del familiar.
4- Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo.
5- D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse.
6- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
7- Abono del Modelo 790-012 epígrafe 3.5 autorización inicial de residencia temporal (12,00 €) a abonar por el trabajador extranjero.