Nacionalidad Española

Descubre cómo cumplir con los requisitos y asegurar tu camino hacia la nacionalidad española

Cómo Obtener la Nacionalidad Española en España

Hay diferentes formas de adquirir la nacionalidad española (por residencia, por opción, españoles de origen, origen sefardí…)

Como norma general, se puede solicitar la nacionalidad española después de 10 años de residencia en España. Debes saber que también hay exenciones a la norma de 10 años, por ejemplo: los refugiados (5 años), matrimonio o nacimiento (1 año) o para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí (2 años).

 

Requisitos para la Nacionalidad Española

Para obtener la nacionalidad española, es necesario residir legalmente en España por un período determinado (generalmente 10 años, aunque se reduce para ciertos casos como refugiados o ciudadanos de países iberoamericanos). También se requiere aprobar los exámenes CCSE y DELE (si no se habla español nativamente) y demostrar buena conducta cívica e integración en la sociedad.

 

Nacionalidad por Residencia

La nacionalidad española por residencia se obtiene tras vivir legalmente en España durante un período mínimo (normalmente 10 años, pero reducido a 1-5 años para casos específicos como refugiados o cónyuges de españoles). Es necesario demostrar integración, buena conducta cívica y aprobar los exámenes CCSE y DELE, si corresponde. 

Nacionalidad por opción o por ascendencia

La nacionalidad española por opción permite a hijos de españoles o adoptados menores de 18 años obtener la ciudadanía. La nacionalidad por ascendencia se concede a personas con abuelos españoles de origen, bajo ciertas condiciones. Ambos casos requieren demostrar el vínculo familiar y presentar la documentación correspondiente.

 

 

Documentos necesarios

Documentos que han de acompañar a la solicitud de mayores de edad en todo caso:

  • Pago del Modelo 790-026. Deberá proceder al pago de la tasa con carácter previo a la presentación de la solicitud, PRECIO DE LA TASA: 104,05 €
  • Modelo de solicitud normalizado.
  • TIE, Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
  • Pasaporte completo y en vigor del país de origen, así como el anterior según el plazo de residencia exigido en cada caso.
  • Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado.
  • Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.

Esta es la documentación que habrá que presentar de manera general, también se deberá aportar más certificados dependiendo de las peculiaridades de cada solicitante (origen sefardí, menor de edad, matrimonio, refugiados…)

×