GUÍA COMPLETA 2026

Cómo renunciar al asilo o al recurso si te han concedido la residencia extraordinaria

Antes de solicitar tu TIE, debes renunciar oficialmente a la solicitud de asilo o al recurso que tengas pendiente.

Alerta

No basta con dejar de renovar la tarjeta roja o no acudir a las citas. La renuncia debe realizarse de forma oficial.

Lupa

Lo primero: identifica en qué situación te encuentras

El procedimiento dependerá de si tu solicitud de protección internacional sigue en trámite o si ya fue denegada y presentaste un recurso.

Paso imprescindible

Para que el sistema de la OAR habilite el acceso al resto de trámites, debe consultar primero este portal:


Caso 1

Tu solicitud de asilo sigue en trámite

(Tienes hoja blanca o tarjeta roja)

Si todavía no has recibido una resolución sobre tu solicitud de protección internacional, deberás presentar un desistimiento de la solicitud de asilo.

Pasos a seguir

1
Descarga y rellena el formulario oficial de desistimiento.

2
Presenta la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior:
Ir al trámite →

3
Espera aproximadamente 24 horas.

4
Descarga la resolución de archivo por desistimiento desde la Sede Electrónica:
Ir al trámite →

Tiempo estimado para tener la resolución: aproximadamente 24 horas.


Caso 2

Tu solicitud fue denegada y presentaste un recurso

(Estás pendiente de la resolución del recurso de reposición)

Si tu solicitud de asilo fue denegada y posteriormente presentaste un recurso de reposición que todavía no ha sido resuelto, deberás presentar el desistimiento del recurso.

Pasos a seguir

1
Rellena el formulario correspondiente.

2
Presenta el desistimiento del recurso a través de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior:
Ir al trámite →

3
Espera aproximadamente 72 horas.

4
Descarga la resolución de desistimiento del recurso desde la Sede Electrónica:
Ir al trámite →

Tiempo estimado para tener la resolución: aproximadamente 72 horas.

Importante

¿Por qué es importante realizar este trámite?

La concesión de la residencia extraordinaria exige, en estos supuestos, renunciar formalmente al procedimiento de protección internacional o al recurso pendiente.

No basta con dejar de renovar la tarjeta roja, no acudir a las citas o simplemente no continuar con el procedimiento. La renuncia debe realizarse de forma oficial mediante el procedimiento habilitado por el Ministerio del Interior.

Ayuda

¿Necesitas ayuda?

Cada expediente puede presentar particularidades y es importante asegurarse de realizar el trámite correcto según la situación de cada persona.

En Red Migra somos especialistas en Derecho de Extranjería e Inmigración y podemos ayudarte a gestionar este procedimiento y resolver cualquier duda relacionada con tu residencia en España.


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